Términos y condiciones

CONTRATO DE SERVICIOS DEL PROGRAMA DE RECOMPENSAS Conste por el presente documento, el contrato de Servicios de Programa de Recompensas, que celebran: VAOZ (PERU TURISMO INTEGRADO SAC / RUC: 20563057182) con domicilio en CALLE JOSE CARLOS MARIATEGUI - URB. SANTA ROSA LOTE. V8 DPTO. 201 Distrito de San Sebastian, Provincia y Departamento de Cusco, debidamente representada por su Gerente General el señor Gregory Ivan Gallegos Ibarburu, identificado con D.N.I. Nº 41657171, según poderes que constan inscritos en la Partida Registral Nº 13250353 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima a quien en adelante se le denominará “VAOZ” y, de otra parte quien lo acepta a quien en adelante se le denominará EL USUARIO; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA.- ANTECEDENTES VAOZ es una empresa que fomenta el turismo formal e inclusivo en el Perú y cuenta con una plataforma digital integrada a un programa de recompensas. EL USUARIO es una persona natural, mayor de 18 años, quien tiene interés en participar en el PROGRAMA DE RECOMPENSAS que ofrece VAOZ y aprovechar sus beneficios. SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Contrato es que VAOZ brinda el servicio de PROGRAMA DE RECOMPENSAS que permita al EL USUARIO acumular y/o consumir VAOZ REWARDS como forma de pago en los Negocios afiliados a la plataforma de VAOZ. TERCERA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES VAOZ se obliga a lo siguiente: a) Permitir el uso del programa de recompensas a los usuarios de VAOZ en sus locales afiliados. b) Permitir a los usuarios de VAOZ la acumulación de rewards por consumos efectuados en efectivo o con tarjetas de débito o crédito en los locales afiliados que lo permitan. EL USUARIO se obliga a lo siguiente: a) Cumplir con pagar los consumos efectuados y/o utilizar sus VAOZ REWARS de la forma indicada en los establecimientos afiliados a VAOZ. CUARTA.- VIGENCIA La vigencia del presente Contrato será por tiempo indeterminado mientras se preste el Servicio del Programa de Recompensas y las obligaciones de pago se hayan cubierto, tiempo en que el presente Contrato surtirá todos sus efectos legales. QUINTA.- RESPONSABILIDAD POR LOS SERVICIOS VAOZ no se responsabiliza por la calidad del servicio que ofrecen los establecimientos afiliados a EL USUARIO ni por la conducta de EL USUARIO en los establecimientos afiliados. En caso se presenten problemas por el funcionamiento del PROGRAMA DE RECOMPENSAS de VAOZ se activará un código de emergencia, debiendo el establecimiento afiliado hacer el cobro de manera manual o validando la disponibilidad de los saldos a favor de EL USUARIO de acuerdo a lo indicado en la capacitación que brinda VAOZ. En último caso, EL USUARIO debe pagar sus consumos procediendo VAOZ luego a su reintegro una vez que EL USUARIO sustente sus consumos de forma correcta. SEXTA. - INDEMNIDAD En caso EL PROGRAMA DE RECOMPENSAS queda fuera de línea temporalmente como consecuencia de un evento de fuerza mayor, VAOZ se libera de responsabilidad frente a EL USUARIO sobre esta eventualidad, sin embargo se compromete a realizar sus mayores esfuerzos para realizar la coordinación y lograr la corrección de cualquier incidente en el menor tiempo posible. Asimismo, pese a que VAOZ selecciona a los mejores establecimientos en su sector para su programa de Recompensas, no se hace responsable por la calidad del servicio ofrecido por el establecimiento afiliado. SETIMA.- PROTECCION DE DATOS PERSONALES 7.1. La aplicación de la presente cláusula está condicionada a que los servicios y/o productos contratados se encuentren vinculados al tratamiento de Datos Personales, en adelante “Los Datos”, de lo contrario, sus estipulaciones se entenderán como no puestas. 7.2. AMBAS PARTES se obligan a proteger “Los Datos” entregados por cada una de ellas y a implementar las medidas de seguridad y confidencialidad necesarias para el resguardo de los mismos y cumplir con todas las disposiciones que le correspondan y se encuentren establecidas en la Ley N° 29733-Ley de Protección de Datos Personales-, el Decreto Supremo N⁰ 003-2013-JUS-Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales-, demás disposiciones complementarias, modificatorias y/o aclaratorias presentes y/o futuras, así como las que establezca la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. 7.3. Es obligación de VAOZ tratar “Los Datos” a razón de lo estrictamente establecido en el presente contrato, encontrándose imposibilitada de utilizarlos para una finalidad distinta o en beneficio propio; asimismo, bajo ningún motivo se podrán transferir “Los Datos” sin que medie autorización previa, expresa y escrita por parte de EL USUARIO. 7.4. LAS PARTES serán responsables por los daños y perjuicios que produzca la presentación de cualquier reclamo, denuncia, proceso judicial, procedimiento administrativo y/o cualquier otro iniciado en contra de cualquiera de las mismas, ocasionado directamente por su propio incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente cláusula. En ese sentido, LAS PARTES se harán cargo de las costas, costos, gastos, multas, indemnizaciones, así como cualquier otro gasto en que deban incurrir por su propia responsabilidad, liberando de toda carga a LA OTRA PARTE, 7.5 Asimismo, una vez la relación contractual haya concluido LAS PARTES se obligan a eliminar “Los Datos” de todos sus sistemas y/o archivos en cualquier formato, debiendo para ello entregar una declaración jurada que sustente el cumplimiento de esta obligación. OCTAVA.- LEGISLACION APLICABLE Y SOLUCION DE CONTROVERSIAS Las partes se someten expresamente a las leyes peruanas. Respecto a toda dificultad o controversia que se suscite entre las Partes que tenga su origen en este Contrato, o en sus documentos complementarios o modificatorios, sea respecto de su validez, nulidad, inoponibilidad, interpretación, cumplimiento, incumplimiento, efectos, terminación o que se relacione, en cualquier forma, sea directa o indirectamente, con este Contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de Lima. NOVENA.- VALIDEZ DEL CONTRATRO Las partes señalan expresamente que el Contrato constituye un acto jurídico válido que se celebra de forma libre y voluntaria, por lo que no es susceptible de nulidad o anulabilidad alguna. En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento de forma electrónica al momento de su registro.